Colegio
Educación reglada
Lo que más pesa en vuestro día a día
Te ayudamos a saber si la LOPIVI os aplica, qué nivel de cumplimiento necesitáis y cómo hacerlo claro, humano y demostrable.
¿Qué tipo de entidad sois? Elegid y el autobús os lleva.
Colegio
Lo que más pesa en vuestro día a día
Seis protocolos, uno por sector
No es lo mismo un vestuario que una consulta o una ruta en autobús. Elegid el vuestro y os contamos qué os toca.
Autónomos y profesionales sin empleados
La LOPIVI no va solo de colegios y grandes clubes. Si das clases, entrenas, tratas o cuidas a menores por tu cuenta, también te aplica. Te contamos qué te toca, sin rodeos y con lo que dice el BOE.
Quién es menor para la ley
La ley protege a todos los menores de 18 años: del bebé en la escuela infantil al adolescente de 17 en su último campamento. Mueve la edad y míralo crecer en el marco de la puerta, como se marcan las alturas en casa.
0años
Infancia
Dónde pasa el día
Todos estos sitios tienen obligaciones con la LOPIVI.
Mejor saberlo antes
El titular del colegio responde de los daños que un alumno causa a otro mientras está bajo su vigilancia. Solo se libra si demuestra que empleó toda la diligencia para evitarlo. Sin protocolo, sin coordinador y sin registro de lo que se hizo, esa prueba no existe.
Con el protocolo frente al acoso, el coordinador de bienestar y actuaciones documentadas.
Ved qué podría pasar en vuestro sector:
La Ley Orgánica 8/2021 refuerza la protección integral de la infancia y la adolescencia frente a la violencia: prevención, detección precoz, actuación adecuada y entornos seguros.
Si una entidad tiene contacto con menores, conviene revisar si necesita protocolos, formación, una persona responsable, medidas preventivas y evidencias documentales.
Leer la ley en el BOECada paso dice qué recibís y cuándo. Podéis quedaros en el que necesitéis.
Una primera orientación sobre si la ley os afecta.
Recibís vuestro nivel orientativo y los siguientes pasos.
El protocolo genérico de vuestro sector, con el Anexo 0 de vuestra comunidad autónoma.
Documentación de referencia para empezar. No garantiza por sí sola el cumplimiento completo.
Si lo queréis, lo ajustamos a vuestra actividad, espacios, equipo y riesgos, con el respaldo del gabinete jurídico de NAMTAB.
Protocolo y anexos adaptados, listos para aplicar. Este paso es opcional y tiene coste: os pasamos presupuesto antes.
No basta con tener un protocolo: hay que preparar a quienes deben aplicarlo. La formación puede venir exigida por la normativa en determinados ámbitos o por los compromisos que asume la entidad al adoptar su protocolo. Os ayudamos a identificarla, organizarla y acreditarla. Hasta el 100 % bonificable mediante FUNDAE, sujeta al crédito disponible, los costes admitidos y los requisitos aplicables a cada empresa.
Equipo formado y constancia para acreditar diligencia.
Revisamos cambios normativos o de actividad. El acompañamiento ante incidencias se valora según cada caso.
Documentación al día y alguien a quien llamar.
El protocolo genérico es documentación de referencia y no sustituye a una implantación adaptada.

Formación mediante FUNDAE, sujeta al crédito disponible, los costes admitidos y los requisitos aplicables a cada empresa. Lo comprobamos por vosotros a través de nuestras empresas colaboradoras.
No te preocupes. En ESPHINGE lo que queremos es ayudarte, y también tenemos soluciones para ti.
Cuéntanos tu casoFotos de las actividades, fichas de inscripción, autorizaciones de las familias… Si tratáis datos de menores, la protección de datos va de la mano de la LOPIVI. Tanto si ya la tenéis como si no, podéis pedirnos ayuda.

No vendemos papeles. Ayudamos a que cada sitio donde un menor pasa el día sepa prevenir, detectar y actuar, y pueda demostrarlo.
Sí. Lo que cuenta no es el tamaño, sino si hay contacto con menores y cómo es ese contacto. Una academia con dos profesores puede estar tan afectada como un colegio.
BOELOPIVI, art. 2.2: obligaciones exigibles a todas las personas físicas o jurídicas
Sí. La LOPIVI protege a todas las personas menores de 18 años, no solo a la infancia.
BOELOPIVI, art. 1 y 2: protege a todas las personas menores de edad BOEConstitución, art. 12: mayoría de edad a los 18 años
Depende de la actividad, de las funciones de cada persona y del protocolo. La formación puede venir exigida por la normativa en determinados ámbitos, como la educación, el deporte y el ocio, o por los compromisos de formación inicial y continua que asume la entidad al adoptar su protocolo. Además, es una de las evidencias que permiten acreditar que la entidad ha actuado con diligencia.
BOELOPIVI, art. 5: formación especializada (deber de las administraciones) BOELOPIVI, art. 48.2: formación específica en entidades deportivas y de ocio
Es el certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales. Quien vaya a desempeñar una actividad que implique contacto habitual con menores debe acreditar con él que no ha sido condenado por delitos sexuales.
No. El protocolo genérico de vuestro sector es un buen punto de partida, pero hay que adaptarlo a vuestra actividad, formar al equipo y conservar evidencias de que se aplica.
BOELOPIVI, art. 34: protocolos en centros educativos BOELOPIVI, art. 48: obligaciones de entidades deportivas y de ocio
En muchos casos, sí: hasta el 100 % bonificable mediante FUNDAE, sujeta al crédito disponible, los costes admitidos y los requisitos aplicables a cada empresa.
BOELey 30/2015, art. 9: formación programada por las empresas
Con protocolo, formación y evidencias, la entidad sabe cómo actuar y puede demostrar que lo hizo bien. Si hace falta, el gabinete jurídico de NAMTAB os acompaña, con presupuesto según el asunto.
BOELOPIVI, art. 15: deber de comunicación BOELOPIVI, art. 16: deber cualificado de profesionales y centros
Va de la mano: tratáis datos de menores y de sus familias. La revisamos o la ponemos al día con las consultoras asociadas a ESPHINGE.
BOELOPIVI, art. 16.3: comunicar a la AEPD BOELOPDGDD, art. 7: datos de menores
Por dónde empezar
Te contesta el equipo de ESPHINGE, sin centralitas ni formularios eternos.